Manfred Max-Neef: El mundo en rumbo de colision
Publicado por emartinez on 1 Diciembre 2009 en Aula de Sostenibilidad, Ciencias Agrarias y Ambientales, Ciencias Económicas, Ciencias Sociales, Conferencias y EntrevistasyUNIA Académica. Tags: economía, medio ambiente, política, sostenibilidad.
Título: Manfred Max-Neef: El mundo en rumbo de colision. (Luzes Diálogos en La Rábida.)
Categoría: Conferencias y Entrevistas; UNIA Académica. Duración: 00:56:49. Fecha de grabación: 2009-12-01.
Sinopsis: El Premio Nobel Alternativo de Economía Manfred Max-Neef ha indicado que con el dinero que se ha usado para “salvar” a los bancos de la situación financiera actual habría “600 años de un mundo sin hambre”. El creador de los ‘Principios de Economía Descalza’ y la ‘Teoría del Desarrollo a Escala Humana’ ha asegurado que la Organización de las Naciones Unidas para la agricultura y la alimentación, FAO, estimó en octubre de 2008 que el hambre está afectando a millones de personas y millones de dólares para paliarlo. “En ese mismo momento se agregan millones para salvar a los bancos”. Así, ha subrayado que hasta septiembre de 2009 el paquete de rescate alcanza a 17 millones de dólares.”Ese es el mundo en el que estamos. Acostumbrado a que nunca hay suficiente para los que no tienen nada pero sobran los recursos para satisfacer las necesidades superficiales”, ha destacado. Max-Neef fue miembro del Consejo Asesor de los Gobiernos de Canadá y Suecia para el Desarrollo Sustentable, y candidato independiente a la Presidencia de la República de Chile en 1993. Entre los años 1994 y 2002 fue rector de la Universidad Austral de Chile. Actualmente es profesor de Economía Ecológica de la Universidad Austral de Chile. Está considerado como ‘Uno de los sabios de nuestro tiempo’ y ‘Uno de los 50 líderes mundiales en sostenibilidad’.
lunes, 9 de agosto de 2010
sábado, 7 de agosto de 2010
El Consumo, el motor de nuestra economía. Información que comparte el Profesor José Luis Razo
CONSUMO, ERGO SOY
Jorge Majfud
Alai-amlatina
08-01-2009
Money, money, money
Un descenso en el consumo es la peor noticia de estos últimos meses del 2008 en Estados Unidos, México, Europa, Rusia, Japón, Indonesia, China y la Cochinchina. Los presidentes de todo el mundo, de todos los colores y de todas las ideologías en consumo, tratan desesperadamente de confirmar la fe de los consumidores en La Economía, para que vuelvan a consumir más y no cunda el pánico de una catástrofe de consumidores que no consumen. Europa, Japón y Estados Unidos ya han inyectado dinero en los mercados para que los consumidores consuman. Casi nadie habla de los problemas de la producción sino de los problemas del consumo. Si antes el ahorro era la base de la fortuna ahora la obligación moral es el gasto, porque es la base de la reactivación.
Casi un año atrás el gobierno norteamericano había enviado jugosos cheques a cada uno de sus consumidores para que los invirtieran en consumir, pero a alguno se le ocurrió la mala idea de ahorrarlo o prefirió pagar alguna que otra deuda. Hasta los programas de la farándula —que son los principales programas de educación popular—, como El Gordo y la Flaca de Miami parecen haber hecho causa heroica sobre la obligación de consumir para impulsar el desarrollo, por lo cual irse de shopping pasa a ser un valiente acto de altruismo. Una vez más los pobres y hambrientos del mundo tienen más motivos para agradecer a los ricos despilfarrantes.
Hace unos cuatro años le dije a un amigo brasileño que defendía la costumbre de la gente en Estados Unidos de comprar y tirar sin necesidad, que un progreso que se base en este consumo desorbitado no me convencía en su lógica interna. Mi amigo me replicó que si no fuera por todo lo que se tira y desperdicia en Estados Unidos no habría tantas industrias en África y en América latina ni países socialistas como Venezuela venderían tanto petróleo a precios tan altos.
Hasta cierto punto tenía razón, pero visto en su globalidad afirmar que cada vez que uno tira a la basura media pizza, un televisor o una silla fuera de moda, en realidad le está haciendo un favor a un pobre en alguna parte del mundo es una lógica que falla por algún lado. Hasta cierto punto es comprensible que si los yanquis no consumen la basura que produce China, los otros países productores de materias primas, países en vías de consumo, pierden más mercados, empezando por el mercado del petróleo. Pero como entre los drogadictos, las inyecciones de dinero dulce se han repetido con menor efecto cada vez. A largo plazo, basar el progreso en el mero consumo sigue siendo un absurdo que tendrá que cambiar algún día. Un absurdo del que todos formamos parte de una forma o de otra.
Ahora, ¿cómo es posible mantener viva esta superstición por tanto tiempo?
Miénteme muy lentamente
Pese a todo, la narrativa macroeconómica ha sido, increíblemente sincera: el objetivo de los consumidores —antes ciudadanos, gente, personas— es consumir. O las crisis vuelven sinceros a sus actores o el trabajo sucio lo sigue haciendo la narratura social. Veamos.
Un comercial de Best Buy muestra a una joven empleada hablando en spanglish. La joven narra cómo recientemente atendió a dos niños que querían hacerle un regalo a su madre y sólo tenían unas cuantas monedas. Ella los ayudó a conseguir un modesto disco de música para que los niños tuviesen algo qué regalar. Al final, la joven concluye con una moraleja al estilo de los Exemplos del Conde Lucanor en el siglo XIV: “no importa el valor del regalo sino que éste sea hecho con el corazón”. En otro comercial casi simultáneo, Wal*Mart aconseja a los consumidores que ahorren dinero en tiempos de crisis económica. Claro, para ahorrar, deben ir a consumir a Wal*Mart.
El primer sentido y objetivo de la empresa y del comercial —los beneficios económicos producidos por la venta, grande o modesta— es oculto detrás de una narración que apela a la emoción y a un discurso tradicional y políticamente correcto. El explícito “no importa el valor monetario sino el valor emocional” sustituye el verdadero sentido de la narración, que es el contrario implícito: “no nos importa el amor sino que los niños compraron, consumieron, y detrás de ellos y en su propio futuro está la continuidad de estas ganancias”. Ahora, si la lógica del beneficio no es mala ni para un socialista que vive en un mundo capitalista, ¿por qué ocultarla?
Quizás porque uno sólo puede tener una fe ciega en aquello que no se ve. La narración de la ideología hegemónica hace invisible su objetivo central presentando una visualización contraria de esa narración, es decir, creando la máscara de la historia real. De la misma forma, el mundo secular del capitalismo se enmascara con la narración religiosa que predomina en sociedades como Estados Unidos.
La narratura social —narrativa que sutura las contradicciones sociales— disocia la realidad del discurso poniendo el discurso por encima de una determinada realidad que cubre como un manto. Se confía que el público no atenderá a esa realidad sino al discurso. El discurso, al ser políticamente correcto y repetitivo, es ingerido como ideoléxico, como el espacio moral que es compartido por diferentes grupos sociales, políticos, religiosos, raciales, generacionales, and so on.
Hace unos años en Estados Unidos existían eslóganes de clínicas privadas que rezaban “Your health is our passion (Su salud es nuestra pasión)”. Tal vez porque este slogan no era del todo verosímil, para re-suturar esta contradicción, los comerciales comenzaron a incluir cápsulas dialécticas de este tipo: “your health is our business, but it is also our passion” (Su salud es nuestro negocio, pero también es nuestra pasión)”. Mientras tanto, para que una persona logre obtener un seguro de salud primero debe demostrar que no está enfermo. Es lógico, desde la perspectiva del mercado: si las compañías aseguradoras asegurasen enfermos perderían dinero. Y cuál es el objetivo de una compañía que vende derechos de salud? La salud? Sí, la salud de la compañía. La aseguradora se asegura que el asegurado no necesita un seguro antes de vendérselo. Si una compañía de seguros de salud sospecha que el aplicante puede enfermarse seriamente en los próximos años, le denegará la aplicación. Está en su derecho de proteger sus beneficios. Si de todas formas usted quiere comprar un plan de salud deberá ir a una clínica y gastarse sus ahorros para que un médico le asegure a la aseguradora que usted está perfectamente sano. Si logra hacerlo, tendrá un servicio de primera: la mejor medicina con la mejor tecnología; y si es hospitalizado tendrá el mejor menú en las salas más amplias y más confortables del mundo. Porque eso es buen servicio. Si no puede, mejor declárese indigente, porque el Estado tiene buenos programas en estos casos. Pero recuerde, usted debe ser gente o indigente, ese es el negocio.
“No importa el dinero sino comprar con el corazón”; “Su salud es nuestro negocio, pero también es nuestra pasión”. La verdad y la mentira llegaron a un acuerdo: iban a caminar juntas pero cada una seguiría disfrazada de la otra, para que el trabajo de distinguirlas sea aún más dificultoso. Ambas también acordaron hablar un idioma común y el uso de la narratura social como género literario predominante de cada nueva cultura hegemónica. Así, iban a buscar cada día nuevas estrategias para negar lo que se dice y decir lo que se niega y, al mismo tiempo, lograr que quienes deban sufrir la violencia de una determinada realidad sean ellos mismos quienes repitan la narratura que la provoca y la sostiene. Violencia dulce, pero dulce al fin. Y cuando alguien se atreva a dudar de cuál es cual, si quien habla es la verdad o la mentira, será crucificado o exiliado por la misma turba en nombre de la coherencia práctica y de la paz mundial.
REDUCIR EL CONSUMO ES MÁS IMPORTANTE QUE LIMITAR LA POBLACIÓN MUNDIAL
George Monbiot
The Guardian
03-03-2009
El crecimiento de la población es un factor más de los que contribuyen a una mayor presión sobre los recursos y al daño medioambiental. Entonces ¿por qué se esta convirtiendo en un tema recurrente para muchas personas?
Cada vez que hablo en un mitin, ocurre lo mismo. Alguien de la audiencia se levanta y se queja que nadie habla sobre la población: ¿por qué no, cuando es sin duda el tema ambiental más importante?
Volvió a ocurrir el sábado pasado, con la diferencia que esta vez el objetor- que era el Presidente del Optimun Population Trust- se quejaba que solo dos de cada cuatro de los ponentes lo habían comentado, entonces ¿por qué nadie habla sobre el número de habitantes del planeta? Y de los dos que hablaron, no hablaron lo suficiente.
A mi me suena raro, como Sir David King- el ex jefe científico y otro de los ponentes – han puesto a la población como el centro de sus diagramas de los problemas ambientales, de los cuales, el competía, los demás perdieron. Pero él, como el que preguntó, esta equivocado.
Como uno de los gráficos que King mostró y como la ONU y científicos independientes predijeron, la población mundial llegará a un máximo de 9.000 millones en 2060 y después descenderá unos 500 millones para 2100.
Por supuesto que la biosfera no puede permitirse esas cantidades, y esto cargará una presión extra del 40-50 % en cada asunto relacionado con el medio ambiente. Es un asunto, ¿pero es el asunto?
Hasta que llego la recesión, el ritmo de crecimiento global era del 3,8%. Los gobiernos mundiales desean y rezan para que volvamos a ese ritmo lo antes posible. La población, por supuesto, es uno de los componentes del crecimiento económico, pero el ritmo actual de crecimiento de población es del 1,2%.
Es responsable de un tercio del crecimiento económico normal. El resto se debe al crecimiento del consumo. El consumo, en esta medida, tiene el doble de responsabilidad que la población sobre la presión sobre los recursos y los ecosistemas.
Pero la comparación es mucho más desoladora de lo sugerido anteriormente. El crecimiento de la población, como muestra la grafica de King, y como el mismo admitió en su presentación, se autorregula: la población global está o ha pasado por una transición demográfica. El consumo no. Seguirá creciendo hasta que provoque un colapso ecológico, que es el problema que estamos intentando evitar. Por todos los medios debemos ayudar a la gente a que tengan acceso a los anticonceptivos que quieran, ayudemos a las mujeres para que elijan libremente sus elecciones reproductivas. Pero no pretendamos que su fertilidad sea el tema ambiental más importante.
Entonces ¿por qué esta numerosa congregación de don nadies sigue martilleando sobre este asunto? Bien, no he podido evitar observar que nueve de cada diez son hombres blancos de media edad que ya han tenido sus hijos. Vienen de un grupo que es más responsable de la destrucción ambiental que ninguna otra clase en la historia. Su consumo de prácticamente todos los recursos conocidos sobrepasa el del resto de todos los habitantes del planeta juntos. Solo existe un asunto importante del que no pueden ser culpados: el aumento actual de la población. Y, ¿te lo puedes creer?- es de lo que precisamente quieren hablar.
Artículo original
http://www.guardian.co.uk/environment/georgemonbiot
Traducido por Félix nieto para Globalízate
http://www.globalizate.org/monbiot010309.html
Nota del traductor
Para demostrar que vivimos en un mundo globalizado decir que lo mismo me ha ocurrido 3 veces últimamente, dos en conversaciones privadas y otra con motivo del taller sobre cambio climático en el Foro Social Mundial- Madrid, y para que sea mayor la coincidencia los tres corresponden al grupo de hombres blancos de media edad mencionados por George.
el
Jorge Majfud
Alai-amlatina
08-01-2009
Money, money, money
Un descenso en el consumo es la peor noticia de estos últimos meses del 2008 en Estados Unidos, México, Europa, Rusia, Japón, Indonesia, China y la Cochinchina. Los presidentes de todo el mundo, de todos los colores y de todas las ideologías en consumo, tratan desesperadamente de confirmar la fe de los consumidores en La Economía, para que vuelvan a consumir más y no cunda el pánico de una catástrofe de consumidores que no consumen. Europa, Japón y Estados Unidos ya han inyectado dinero en los mercados para que los consumidores consuman. Casi nadie habla de los problemas de la producción sino de los problemas del consumo. Si antes el ahorro era la base de la fortuna ahora la obligación moral es el gasto, porque es la base de la reactivación.
Casi un año atrás el gobierno norteamericano había enviado jugosos cheques a cada uno de sus consumidores para que los invirtieran en consumir, pero a alguno se le ocurrió la mala idea de ahorrarlo o prefirió pagar alguna que otra deuda. Hasta los programas de la farándula —que son los principales programas de educación popular—, como El Gordo y la Flaca de Miami parecen haber hecho causa heroica sobre la obligación de consumir para impulsar el desarrollo, por lo cual irse de shopping pasa a ser un valiente acto de altruismo. Una vez más los pobres y hambrientos del mundo tienen más motivos para agradecer a los ricos despilfarrantes.
Hace unos cuatro años le dije a un amigo brasileño que defendía la costumbre de la gente en Estados Unidos de comprar y tirar sin necesidad, que un progreso que se base en este consumo desorbitado no me convencía en su lógica interna. Mi amigo me replicó que si no fuera por todo lo que se tira y desperdicia en Estados Unidos no habría tantas industrias en África y en América latina ni países socialistas como Venezuela venderían tanto petróleo a precios tan altos.
Hasta cierto punto tenía razón, pero visto en su globalidad afirmar que cada vez que uno tira a la basura media pizza, un televisor o una silla fuera de moda, en realidad le está haciendo un favor a un pobre en alguna parte del mundo es una lógica que falla por algún lado. Hasta cierto punto es comprensible que si los yanquis no consumen la basura que produce China, los otros países productores de materias primas, países en vías de consumo, pierden más mercados, empezando por el mercado del petróleo. Pero como entre los drogadictos, las inyecciones de dinero dulce se han repetido con menor efecto cada vez. A largo plazo, basar el progreso en el mero consumo sigue siendo un absurdo que tendrá que cambiar algún día. Un absurdo del que todos formamos parte de una forma o de otra.
Ahora, ¿cómo es posible mantener viva esta superstición por tanto tiempo?
Miénteme muy lentamente
Pese a todo, la narrativa macroeconómica ha sido, increíblemente sincera: el objetivo de los consumidores —antes ciudadanos, gente, personas— es consumir. O las crisis vuelven sinceros a sus actores o el trabajo sucio lo sigue haciendo la narratura social. Veamos.
Un comercial de Best Buy muestra a una joven empleada hablando en spanglish. La joven narra cómo recientemente atendió a dos niños que querían hacerle un regalo a su madre y sólo tenían unas cuantas monedas. Ella los ayudó a conseguir un modesto disco de música para que los niños tuviesen algo qué regalar. Al final, la joven concluye con una moraleja al estilo de los Exemplos del Conde Lucanor en el siglo XIV: “no importa el valor del regalo sino que éste sea hecho con el corazón”. En otro comercial casi simultáneo, Wal*Mart aconseja a los consumidores que ahorren dinero en tiempos de crisis económica. Claro, para ahorrar, deben ir a consumir a Wal*Mart.
El primer sentido y objetivo de la empresa y del comercial —los beneficios económicos producidos por la venta, grande o modesta— es oculto detrás de una narración que apela a la emoción y a un discurso tradicional y políticamente correcto. El explícito “no importa el valor monetario sino el valor emocional” sustituye el verdadero sentido de la narración, que es el contrario implícito: “no nos importa el amor sino que los niños compraron, consumieron, y detrás de ellos y en su propio futuro está la continuidad de estas ganancias”. Ahora, si la lógica del beneficio no es mala ni para un socialista que vive en un mundo capitalista, ¿por qué ocultarla?
Quizás porque uno sólo puede tener una fe ciega en aquello que no se ve. La narración de la ideología hegemónica hace invisible su objetivo central presentando una visualización contraria de esa narración, es decir, creando la máscara de la historia real. De la misma forma, el mundo secular del capitalismo se enmascara con la narración religiosa que predomina en sociedades como Estados Unidos.
La narratura social —narrativa que sutura las contradicciones sociales— disocia la realidad del discurso poniendo el discurso por encima de una determinada realidad que cubre como un manto. Se confía que el público no atenderá a esa realidad sino al discurso. El discurso, al ser políticamente correcto y repetitivo, es ingerido como ideoléxico, como el espacio moral que es compartido por diferentes grupos sociales, políticos, religiosos, raciales, generacionales, and so on.
Hace unos años en Estados Unidos existían eslóganes de clínicas privadas que rezaban “Your health is our passion (Su salud es nuestra pasión)”. Tal vez porque este slogan no era del todo verosímil, para re-suturar esta contradicción, los comerciales comenzaron a incluir cápsulas dialécticas de este tipo: “your health is our business, but it is also our passion” (Su salud es nuestro negocio, pero también es nuestra pasión)”. Mientras tanto, para que una persona logre obtener un seguro de salud primero debe demostrar que no está enfermo. Es lógico, desde la perspectiva del mercado: si las compañías aseguradoras asegurasen enfermos perderían dinero. Y cuál es el objetivo de una compañía que vende derechos de salud? La salud? Sí, la salud de la compañía. La aseguradora se asegura que el asegurado no necesita un seguro antes de vendérselo. Si una compañía de seguros de salud sospecha que el aplicante puede enfermarse seriamente en los próximos años, le denegará la aplicación. Está en su derecho de proteger sus beneficios. Si de todas formas usted quiere comprar un plan de salud deberá ir a una clínica y gastarse sus ahorros para que un médico le asegure a la aseguradora que usted está perfectamente sano. Si logra hacerlo, tendrá un servicio de primera: la mejor medicina con la mejor tecnología; y si es hospitalizado tendrá el mejor menú en las salas más amplias y más confortables del mundo. Porque eso es buen servicio. Si no puede, mejor declárese indigente, porque el Estado tiene buenos programas en estos casos. Pero recuerde, usted debe ser gente o indigente, ese es el negocio.
“No importa el dinero sino comprar con el corazón”; “Su salud es nuestro negocio, pero también es nuestra pasión”. La verdad y la mentira llegaron a un acuerdo: iban a caminar juntas pero cada una seguiría disfrazada de la otra, para que el trabajo de distinguirlas sea aún más dificultoso. Ambas también acordaron hablar un idioma común y el uso de la narratura social como género literario predominante de cada nueva cultura hegemónica. Así, iban a buscar cada día nuevas estrategias para negar lo que se dice y decir lo que se niega y, al mismo tiempo, lograr que quienes deban sufrir la violencia de una determinada realidad sean ellos mismos quienes repitan la narratura que la provoca y la sostiene. Violencia dulce, pero dulce al fin. Y cuando alguien se atreva a dudar de cuál es cual, si quien habla es la verdad o la mentira, será crucificado o exiliado por la misma turba en nombre de la coherencia práctica y de la paz mundial.
REDUCIR EL CONSUMO ES MÁS IMPORTANTE QUE LIMITAR LA POBLACIÓN MUNDIAL
George Monbiot
The Guardian
03-03-2009
El crecimiento de la población es un factor más de los que contribuyen a una mayor presión sobre los recursos y al daño medioambiental. Entonces ¿por qué se esta convirtiendo en un tema recurrente para muchas personas?
Cada vez que hablo en un mitin, ocurre lo mismo. Alguien de la audiencia se levanta y se queja que nadie habla sobre la población: ¿por qué no, cuando es sin duda el tema ambiental más importante?
Volvió a ocurrir el sábado pasado, con la diferencia que esta vez el objetor- que era el Presidente del Optimun Population Trust- se quejaba que solo dos de cada cuatro de los ponentes lo habían comentado, entonces ¿por qué nadie habla sobre el número de habitantes del planeta? Y de los dos que hablaron, no hablaron lo suficiente.
A mi me suena raro, como Sir David King- el ex jefe científico y otro de los ponentes – han puesto a la población como el centro de sus diagramas de los problemas ambientales, de los cuales, el competía, los demás perdieron. Pero él, como el que preguntó, esta equivocado.
Como uno de los gráficos que King mostró y como la ONU y científicos independientes predijeron, la población mundial llegará a un máximo de 9.000 millones en 2060 y después descenderá unos 500 millones para 2100.
Por supuesto que la biosfera no puede permitirse esas cantidades, y esto cargará una presión extra del 40-50 % en cada asunto relacionado con el medio ambiente. Es un asunto, ¿pero es el asunto?
Hasta que llego la recesión, el ritmo de crecimiento global era del 3,8%. Los gobiernos mundiales desean y rezan para que volvamos a ese ritmo lo antes posible. La población, por supuesto, es uno de los componentes del crecimiento económico, pero el ritmo actual de crecimiento de población es del 1,2%.
Es responsable de un tercio del crecimiento económico normal. El resto se debe al crecimiento del consumo. El consumo, en esta medida, tiene el doble de responsabilidad que la población sobre la presión sobre los recursos y los ecosistemas.
Pero la comparación es mucho más desoladora de lo sugerido anteriormente. El crecimiento de la población, como muestra la grafica de King, y como el mismo admitió en su presentación, se autorregula: la población global está o ha pasado por una transición demográfica. El consumo no. Seguirá creciendo hasta que provoque un colapso ecológico, que es el problema que estamos intentando evitar. Por todos los medios debemos ayudar a la gente a que tengan acceso a los anticonceptivos que quieran, ayudemos a las mujeres para que elijan libremente sus elecciones reproductivas. Pero no pretendamos que su fertilidad sea el tema ambiental más importante.
Entonces ¿por qué esta numerosa congregación de don nadies sigue martilleando sobre este asunto? Bien, no he podido evitar observar que nueve de cada diez son hombres blancos de media edad que ya han tenido sus hijos. Vienen de un grupo que es más responsable de la destrucción ambiental que ninguna otra clase en la historia. Su consumo de prácticamente todos los recursos conocidos sobrepasa el del resto de todos los habitantes del planeta juntos. Solo existe un asunto importante del que no pueden ser culpados: el aumento actual de la población. Y, ¿te lo puedes creer?- es de lo que precisamente quieren hablar.
Artículo original
http://www.guardian.co.uk/environment/georgemonbiot
Traducido por Félix nieto para Globalízate
http://www.globalizate.org/monbiot010309.html
Nota del traductor
Para demostrar que vivimos en un mundo globalizado decir que lo mismo me ha ocurrido 3 veces últimamente, dos en conversaciones privadas y otra con motivo del taller sobre cambio climático en el Foro Social Mundial- Madrid, y para que sea mayor la coincidencia los tres corresponden al grupo de hombres blancos de media edad mencionados por George.
el
miércoles, 4 de agosto de 2010
Bunas noticias sobre las Pensiones
04 de Agosto del 2010
Buenas Noticias.
Estas buenas noticias se acaban de dar hace unas horas, el IMSS deja si efecto la jurisprudencia que aprobó la SCJN este mes de junio pasado.
Tope pensiones IMSS El Consejo Técnico decide NO ACATAR JURISPRUDENCIA
Cabe aclarar que falta la publicación de algun Acuerdo de Consejo Técnico o bien algun comunicado para hacerlo OFICIAL.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Consejo Técnico del IMSS decidió que los derechos y beneficios de los trabajadores que aún no se han jubilado se mantienen sin cambio. El monto para calcular sus pensiones seguirá aplicándose con base en el límite general de 25 veces el salario mínimo, afirmó el director general del instituto, Daniel Karam.
"Los pensionados actuales y los futuros no tienen por qué preocuparse; la cuantía de su pensión no se verá afectada en la medida en que el IMSS seguirá calculando el monto tal y como lo ha venido haciendo en los últimos años", expuso. En compañía de representantes del sector obrero patronal y en presencia del secretario del Trabajo, Javier Lozano, reiteró que los más de 2.5 millones de pensionados tienen la certeza de que sus ingresos no se verán afectados; sobre los no pensionados, que tienen la legítima preocupación a la luz de la jurisprudencia que dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Consejo Técnico dictaminó que la decisión de la Corte no afectará el beneficio de los aún trabajadores.
Fuente: El IMSS rechaza recortar pensiones, Por: Isabel Mayoral Jiménez Publicado: Miércoles, 04 de agosto de 2010 a las 12:57
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4 de Agosto del 2010.
Fuente: Terra Mexico
ECONOMÍA
"IMSS hace justicia al mantener tope de pensiones en 25 salarios mínimos", Dávila Flores
México, 4 de agosto.- Luego de que el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) decidiera mantener el tope de 25 salarios mínimos a las pensiones de los trabajadores, el Ing. Jorge E. Dávila Flores, presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de México (Concanaco-Servytur) y miembro de dicho cuerpo colegiado del Instituto calificó como "responsable y justa" dicha determinación, al ser de beneficio para miles de personas que esperan tener un retiro y una vejez dignas.
El presidente de Concanaco-Servytur dijo que de esta manera el IMSS se comprometerse a garantizar el derecho de los pensiones presentes y futuros bajo lo dispuesto en la legislación vigente luego de analizar meticulosamente el criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el límite en el cálculo pensionario, para efecto de poder cumplir dicho compromiso.
Dávila Flores quien es integrante del Consejo Técnico del IMSS por parte del sector patronal, dijo que el Instituto dio una solución pronta y definitiva, que salvaguarda por completo y sin mengua alguna, los derechos sociales cubiertos a través de las cuotas obrero-patronales.
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Sin embargo de esta buena noticia, la jurisprudencia queda “latente” por lo que el asunto no termina de manera definitiva. esta en nuestras manos hacer sentir a nuestras autoridades nuestra inconformidad, esto afecta de una u otra forma a las personas ya jubiladas, a los que se jubilaran en próxima fecha y a los que lo haremos en unos años, por lo que le pido su apoyo para próximamente enviar una misiva a los congresos local y federal, a nuestro diputado de distrito y federal, para presionar a que se derogue de manera definitiva el articulo 33 de la Ley de 1973 y deje de tener efecto la tan mentada jurisprudencia de este mes pasado de junio.
Reciba un cordial saludo, espero pronto estar en contacto para llevar a cabo lo antes mencionado y como siempre estamos a sus ordenes.
Atentamente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros.
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan, Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
www.emprende.org.mx
www.jubilacionimss.mx
www.emprende.mx
Buenas Noticias.
Estas buenas noticias se acaban de dar hace unas horas, el IMSS deja si efecto la jurisprudencia que aprobó la SCJN este mes de junio pasado.
Tope pensiones IMSS El Consejo Técnico decide NO ACATAR JURISPRUDENCIA
Cabe aclarar que falta la publicación de algun Acuerdo de Consejo Técnico o bien algun comunicado para hacerlo OFICIAL.
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El Consejo Técnico del IMSS decidió que los derechos y beneficios de los trabajadores que aún no se han jubilado se mantienen sin cambio. El monto para calcular sus pensiones seguirá aplicándose con base en el límite general de 25 veces el salario mínimo, afirmó el director general del instituto, Daniel Karam.
"Los pensionados actuales y los futuros no tienen por qué preocuparse; la cuantía de su pensión no se verá afectada en la medida en que el IMSS seguirá calculando el monto tal y como lo ha venido haciendo en los últimos años", expuso. En compañía de representantes del sector obrero patronal y en presencia del secretario del Trabajo, Javier Lozano, reiteró que los más de 2.5 millones de pensionados tienen la certeza de que sus ingresos no se verán afectados; sobre los no pensionados, que tienen la legítima preocupación a la luz de la jurisprudencia que dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Consejo Técnico dictaminó que la decisión de la Corte no afectará el beneficio de los aún trabajadores.
Fuente: El IMSS rechaza recortar pensiones, Por: Isabel Mayoral Jiménez Publicado: Miércoles, 04 de agosto de 2010 a las 12:57
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4 de Agosto del 2010.
Fuente: Terra Mexico
ECONOMÍA
"IMSS hace justicia al mantener tope de pensiones en 25 salarios mínimos", Dávila Flores
México, 4 de agosto.- Luego de que el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) decidiera mantener el tope de 25 salarios mínimos a las pensiones de los trabajadores, el Ing. Jorge E. Dávila Flores, presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de México (Concanaco-Servytur) y miembro de dicho cuerpo colegiado del Instituto calificó como "responsable y justa" dicha determinación, al ser de beneficio para miles de personas que esperan tener un retiro y una vejez dignas.
El presidente de Concanaco-Servytur dijo que de esta manera el IMSS se comprometerse a garantizar el derecho de los pensiones presentes y futuros bajo lo dispuesto en la legislación vigente luego de analizar meticulosamente el criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el límite en el cálculo pensionario, para efecto de poder cumplir dicho compromiso.
Dávila Flores quien es integrante del Consejo Técnico del IMSS por parte del sector patronal, dijo que el Instituto dio una solución pronta y definitiva, que salvaguarda por completo y sin mengua alguna, los derechos sociales cubiertos a través de las cuotas obrero-patronales.
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Sin embargo de esta buena noticia, la jurisprudencia queda “latente” por lo que el asunto no termina de manera definitiva. esta en nuestras manos hacer sentir a nuestras autoridades nuestra inconformidad, esto afecta de una u otra forma a las personas ya jubiladas, a los que se jubilaran en próxima fecha y a los que lo haremos en unos años, por lo que le pido su apoyo para próximamente enviar una misiva a los congresos local y federal, a nuestro diputado de distrito y federal, para presionar a que se derogue de manera definitiva el articulo 33 de la Ley de 1973 y deje de tener efecto la tan mentada jurisprudencia de este mes pasado de junio.
Reciba un cordial saludo, espero pronto estar en contacto para llevar a cabo lo antes mencionado y como siempre estamos a sus ordenes.
Atentamente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros.
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan, Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
www.emprende.org.mx
www.jubilacionimss.mx
www.emprende.mx
domingo, 1 de agosto de 2010
PANORAMA GENERAL SOBRE LAS PENSIONES por el Ing. Miguel Ángel Cardenas
30/07/2010
Buenas tardes.
Tratando de poner un poco de claridad ante tanta noticia que se nos presenta sobra las modificaciones de los topes salariales le comento lo siguiente:
La medida que se pretende aplicar para las pensiones mediante la tesis que aprobó la suprema corte de justicia fue con un criterio que de corte económico y no legal como debería de ser, por lo que el beneficiario directo es Hacienda (asfixiada por la baja recaudación y altas partidas que entrega), esto hace pensar sin querer ser pesimista que tiene una alta posibilidad de que aplique la norma, hasta hoy sin definición.
De ser así, varias acciones podemos contemplar.
Personas jubiladas.
No aplicaría la norma ya que al haber firmado una resolución emitida, calculada y sancionada por el IMSS y habiendo elegido el régimen de ley 1973 que contempla criterio distinto a la tesis aprobada por la corte de justicia el 9 de Junio pasado, y como lo marca la constitución, ninguna ley, reglamento o norma pude ser aplicada retroactivamente en perjuicio de persona.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”
Personas Activas.
A este grupo de personas lo dividiría en dos grupos:
A.- Personas que se pensionan de inmediato.
B.- Personas que en algunos años se pensionaran.
I.- Asegurados con posibilidad de jubilación de manera inmediata.
El asegurado que pronto se pensione y sea afectado con la aplicación de la mencionada jurisprudencia podrá acogerse a proceso de amparo cuyo proceso seria el siguiente:
Una vez efectuado el trámite de la pensión (este tarda mes y medio) y si el IMSS mediante su “elección de régimen de pension” (parte del proceso de trámite) manifiesta que la pensión se cálculo con 10 VSDF se presenta:
1.- Recurso de Revisión ante el mismo Instituto, y éste deberá resolver con una sentencia ya sea favorable o en contra.
2.- Si la Sentencia fue en contra se entabla un Juicio mediante “Amparo Indirecto” en contra de las Autoridades involucradas y por el fallo adverso que se nos presentó.
3.- Los efectos del Juicio de Amparo, en este caso, es que el IMSS pague una pensión considerando el tope salarial de 25 veces el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal (o el que hayamos cotizado al IMSS siendo este mayor al 10 VSDF).
NOTA.- Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es posible interponer demanda de Amparo en todos los casos en los que alguna autoridad esté violentando Garantías Constitucionales, no exceptúa a la jurisprudencia.
El argumento legal de la no aplicación de la “retroactividad de una ley” se basa en el siguiente numeral Constitucional.
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Como aplicaría el tope salarial de 10 VSDF?
TOPE SALARIAL SALARIO TOPE SALARIAL SALARIO
AÑO SMGDF VSMGDF MAXIMO VSMGDF MAXIMO
2006 $48.67 23 $1,119.41 10 $486.70
2007 $50.57 24 $1,213.68 10 $505.70
2008 $52.59 25 $1,314.75 10 $525.90
2009 $54.80 25 $1,370.00 10 $548.00
2010 $57.56 25 $1,439.00 10 $575.60
PROMEDIO SALARIAL $1,291.37 $528.38
% DE REDUCCION: 59%
Se que con algunos de nuestros clientes tenemos proyectado pensionarnos próximamente, por lo que convendría hacer un replanteamiento para tratar de alcanzar la máxima cantidad de pensión posible si así les pareciera.
II.- Asegurados con posibilidad de jubilación los siguientes meses.
Dependiendo el régimen que se encuentren cotizando (Obligatorio o Voluntario) podemos revisar su caso para ver que afectación tendrá su futura pensión y de ser necesario ajustar el monto del salario registrado al IMSS para igualar al tope vigente y por el tiempo que resulte conveniente (para obtener la pensión máxima posible), se que esta enterado de que no se puede modificar el salario contratado en el “Régimen Voluntario” pero nosotros si conocemos como hacerlo (para bajarlo en su caso).
Es importante meditar muy bien si efectuamos esta reducción de salario ya que si nos precipitamos y resulta al tiempo que se modifica o cancela la mencionada jurisprudencia afectaríamos el resultado final de nuestra pensión, por lo debemos ser cautos también.
III.- Personas que en unos años se pensionan.
Igual que para los asegurados del punto anterior seria razonable igualar el salario registrado en el IMSS al tope máximo que en su momento se establezca, pero esta situación nos hace reflexionar la alternativa de contratar algún instrumento de Ahorro para crear nuestro propio fondo de retiro, por supuesto no me refiero a las Afores, existen interesantes instrumentos que nos permitirían obtener resultados satisfactorios y claro estos instrumentos si estarían bajo nuestro control, de hecho los hay que nos permiten deducir los impuestos es decir recuperar los impuestos pagados por el concepto.
Comentarios finales.
Espero estar equivocado en mi apreciación, pero lo obvio con estos gobiernos es esperar lo peor. También sugiero que de aprobarse este “atraco” nos manifestemos para que nuestras autoridades no se queden muy tranquilas y sepan que existe descontento por este latrocinio, esto puede ser de múltiples formas. De cualquier forma estamos estudiando la situacion minuciosamente para sacar adelante su pension como lo marca la Ley y como meojorarla.
La siguiente semana será definitoria sobre el futuro de las pensiones, habrá que seguir pendiente de ello.
Como siempre estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario o acción que requiera.
Cordialmente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan,Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
Buenas tardes.
Tratando de poner un poco de claridad ante tanta noticia que se nos presenta sobra las modificaciones de los topes salariales le comento lo siguiente:
La medida que se pretende aplicar para las pensiones mediante la tesis que aprobó la suprema corte de justicia fue con un criterio que de corte económico y no legal como debería de ser, por lo que el beneficiario directo es Hacienda (asfixiada por la baja recaudación y altas partidas que entrega), esto hace pensar sin querer ser pesimista que tiene una alta posibilidad de que aplique la norma, hasta hoy sin definición.
De ser así, varias acciones podemos contemplar.
Personas jubiladas.
No aplicaría la norma ya que al haber firmado una resolución emitida, calculada y sancionada por el IMSS y habiendo elegido el régimen de ley 1973 que contempla criterio distinto a la tesis aprobada por la corte de justicia el 9 de Junio pasado, y como lo marca la constitución, ninguna ley, reglamento o norma pude ser aplicada retroactivamente en perjuicio de persona.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”
Personas Activas.
A este grupo de personas lo dividiría en dos grupos:
A.- Personas que se pensionan de inmediato.
B.- Personas que en algunos años se pensionaran.
I.- Asegurados con posibilidad de jubilación de manera inmediata.
El asegurado que pronto se pensione y sea afectado con la aplicación de la mencionada jurisprudencia podrá acogerse a proceso de amparo cuyo proceso seria el siguiente:
Una vez efectuado el trámite de la pensión (este tarda mes y medio) y si el IMSS mediante su “elección de régimen de pension” (parte del proceso de trámite) manifiesta que la pensión se cálculo con 10 VSDF se presenta:
1.- Recurso de Revisión ante el mismo Instituto, y éste deberá resolver con una sentencia ya sea favorable o en contra.
2.- Si la Sentencia fue en contra se entabla un Juicio mediante “Amparo Indirecto” en contra de las Autoridades involucradas y por el fallo adverso que se nos presentó.
3.- Los efectos del Juicio de Amparo, en este caso, es que el IMSS pague una pensión considerando el tope salarial de 25 veces el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal (o el que hayamos cotizado al IMSS siendo este mayor al 10 VSDF).
NOTA.- Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es posible interponer demanda de Amparo en todos los casos en los que alguna autoridad esté violentando Garantías Constitucionales, no exceptúa a la jurisprudencia.
El argumento legal de la no aplicación de la “retroactividad de una ley” se basa en el siguiente numeral Constitucional.
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Como aplicaría el tope salarial de 10 VSDF?
TOPE SALARIAL SALARIO TOPE SALARIAL SALARIO
AÑO SMGDF VSMGDF MAXIMO VSMGDF MAXIMO
2006 $48.67 23 $1,119.41 10 $486.70
2007 $50.57 24 $1,213.68 10 $505.70
2008 $52.59 25 $1,314.75 10 $525.90
2009 $54.80 25 $1,370.00 10 $548.00
2010 $57.56 25 $1,439.00 10 $575.60
PROMEDIO SALARIAL $1,291.37 $528.38
% DE REDUCCION: 59%
Se que con algunos de nuestros clientes tenemos proyectado pensionarnos próximamente, por lo que convendría hacer un replanteamiento para tratar de alcanzar la máxima cantidad de pensión posible si así les pareciera.
II.- Asegurados con posibilidad de jubilación los siguientes meses.
Dependiendo el régimen que se encuentren cotizando (Obligatorio o Voluntario) podemos revisar su caso para ver que afectación tendrá su futura pensión y de ser necesario ajustar el monto del salario registrado al IMSS para igualar al tope vigente y por el tiempo que resulte conveniente (para obtener la pensión máxima posible), se que esta enterado de que no se puede modificar el salario contratado en el “Régimen Voluntario” pero nosotros si conocemos como hacerlo (para bajarlo en su caso).
Es importante meditar muy bien si efectuamos esta reducción de salario ya que si nos precipitamos y resulta al tiempo que se modifica o cancela la mencionada jurisprudencia afectaríamos el resultado final de nuestra pensión, por lo debemos ser cautos también.
III.- Personas que en unos años se pensionan.
Igual que para los asegurados del punto anterior seria razonable igualar el salario registrado en el IMSS al tope máximo que en su momento se establezca, pero esta situación nos hace reflexionar la alternativa de contratar algún instrumento de Ahorro para crear nuestro propio fondo de retiro, por supuesto no me refiero a las Afores, existen interesantes instrumentos que nos permitirían obtener resultados satisfactorios y claro estos instrumentos si estarían bajo nuestro control, de hecho los hay que nos permiten deducir los impuestos es decir recuperar los impuestos pagados por el concepto.
Comentarios finales.
Espero estar equivocado en mi apreciación, pero lo obvio con estos gobiernos es esperar lo peor. También sugiero que de aprobarse este “atraco” nos manifestemos para que nuestras autoridades no se queden muy tranquilas y sepan que existe descontento por este latrocinio, esto puede ser de múltiples formas. De cualquier forma estamos estudiando la situacion minuciosamente para sacar adelante su pension como lo marca la Ley y como meojorarla.
La siguiente semana será definitoria sobre el futuro de las pensiones, habrá que seguir pendiente de ello.
Como siempre estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario o acción que requiera.
Cordialmente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan,Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
PANORAMA GENERAL SOBRE LAS PENSIONES
30/07/2010
Buenas tardes.
Tratando de poner un poco de claridad ante tanta noticia que se nos presenta sobra las modificaciones de los topes salariales le comento lo siguiente:
La medida que se pretende aplicar para las pensiones mediante la tesis que aprobó la suprema corte de justicia fue con un criterio que de corte económico y no legal como debería de ser, por lo que el beneficiario directo es Hacienda (asfixiada por la baja recaudación y altas partidas que entrega), esto hace pensar sin querer ser pesimista que tiene una alta posibilidad de que aplique la norma, hasta hoy sin definición.
De ser así, varias acciones podemos contemplar.
Personas jubiladas.
No aplicaría la norma ya que al haber firmado una resolución emitida, calculada y sancionada por el IMSS y habiendo elegido el régimen de ley 1973 que contempla criterio distinto a la tesis aprobada por la corte de justicia el 9 de Junio pasado, y como lo marca la constitución, ninguna ley, reglamento o norma pude ser aplicada retroactivamente en perjuicio de persona.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”
Personas Activas.
A este grupo de personas lo dividiría en dos grupos:
A.- Personas que se pensionan de inmediato.
B.- Personas que en algunos años se pensionaran.
I.- Asegurados con posibilidad de jubilación de manera inmediata.
El asegurado que pronto se pensione y sea afectado con la aplicación de la mencionada jurisprudencia podrá acogerse a proceso de amparo cuyo proceso seria el siguiente:
Una vez efectuado el trámite de la pensión (este tarda mes y medio) y si el IMSS mediante su “elección de régimen de pension” (parte del proceso de trámite) manifiesta que la pensión se cálculo con 10 VSDF se presenta:
1.- Recurso de Revisión ante el mismo Instituto, y éste deberá resolver con una sentencia ya sea favorable o en contra.
2.- Si la Sentencia fue en contra se entabla un Juicio mediante “Amparo Indirecto” en contra de las Autoridades involucradas y por el fallo adverso que se nos presentó.
3.- Los efectos del Juicio de Amparo, en este caso, es que el IMSS pague una pensión considerando el tope salarial de 25 veces el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal (o el que hayamos cotizado al IMSS siendo este mayor al 10 VSDF).
NOTA.- Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es posible interponer demanda de Amparo en todos los casos en los que alguna autoridad esté violentando Garantías Constitucionales, no exceptúa a la jurisprudencia.
El argumento legal de la no aplicación de la “retroactividad de una ley” se basa en el siguiente numeral Constitucional.
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Como aplicaría el tope salarial de 10 VSDF?
TOPE SALARIAL SALARIO TOPE SALARIAL SALARIO
AÑO SMGDF VSMGDF MAXIMO VSMGDF MAXIMO
2006 $48.67 23 $1,119.41 10 $486.70
2007 $50.57 24 $1,213.68 10 $505.70
2008 $52.59 25 $1,314.75 10 $525.90
2009 $54.80 25 $1,370.00 10 $548.00
2010 $57.56 25 $1,439.00 10 $575.60
PROMEDIO SALARIAL $1,291.37 $528.38
% DE REDUCCION: 59%
Se que con algunos de nuestros clientes tenemos proyectado pensionarnos próximamente, por lo que convendría hacer un replanteamiento para tratar de alcanzar la máxima cantidad de pensión posible si así les pareciera.
II.- Asegurados con posibilidad de jubilación los siguientes meses.
Dependiendo el régimen que se encuentren cotizando (Obligatorio o Voluntario) podemos revisar su caso para ver que afectación tendrá su futura pensión y de ser necesario ajustar el monto del salario registrado al IMSS para igualar al tope vigente y por el tiempo que resulte conveniente (para obtener la pensión máxima posible), se que esta enterado de que no se puede modificar el salario contratado en el “Régimen Voluntario” pero nosotros si conocemos como hacerlo (para bajarlo en su caso).
Es importante meditar muy bien si efectuamos esta reducción de salario ya que si nos precipitamos y resulta al tiempo que se modifica o cancela la mencionada jurisprudencia afectaríamos el resultado final de nuestra pensión, por lo debemos ser cautos también.
III.- Personas que en unos años se pensionan.
Igual que para los asegurados del punto anterior seria razonable igualar el salario registrado en el IMSS al tope máximo que en su momento se establezca, pero esta situación nos hace reflexionar la alternativa de contratar algún instrumento de Ahorro para crear nuestro propio fondo de retiro, por supuesto no me refiero a las Afores, existen interesantes instrumentos que nos permitirían obtener resultados satisfactorios y claro estos instrumentos si estarían bajo nuestro control, de hecho los hay que nos permiten deducir los impuestos es decir recuperar los impuestos pagados por el concepto.
Comentarios finales.
Espero estar equivocado en mi apreciación, pero lo obvio con estos gobiernos es esperar lo peor. También sugiero que de aprobarse este “atraco” nos manifestemos para que nuestras autoridades no se queden muy tranquilas y sepan que existe descontento por este latrocinio, esto puede ser de múltiples formas. De cualquier forma estamos estudiando la situacion minuciosamente para sacar adelante su pension como lo marca la Ley y como meojorarla.
La siguiente semana será definitoria sobre el futuro de las pensiones, habrá que seguir pendiente de ello.
Como siempre estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario o acción que requiera.
Cordialmente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan,Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
Buenas tardes.
Tratando de poner un poco de claridad ante tanta noticia que se nos presenta sobra las modificaciones de los topes salariales le comento lo siguiente:
La medida que se pretende aplicar para las pensiones mediante la tesis que aprobó la suprema corte de justicia fue con un criterio que de corte económico y no legal como debería de ser, por lo que el beneficiario directo es Hacienda (asfixiada por la baja recaudación y altas partidas que entrega), esto hace pensar sin querer ser pesimista que tiene una alta posibilidad de que aplique la norma, hasta hoy sin definición.
De ser así, varias acciones podemos contemplar.
Personas jubiladas.
No aplicaría la norma ya que al haber firmado una resolución emitida, calculada y sancionada por el IMSS y habiendo elegido el régimen de ley 1973 que contempla criterio distinto a la tesis aprobada por la corte de justicia el 9 de Junio pasado, y como lo marca la constitución, ninguna ley, reglamento o norma pude ser aplicada retroactivamente en perjuicio de persona.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”
Personas Activas.
A este grupo de personas lo dividiría en dos grupos:
A.- Personas que se pensionan de inmediato.
B.- Personas que en algunos años se pensionaran.
I.- Asegurados con posibilidad de jubilación de manera inmediata.
El asegurado que pronto se pensione y sea afectado con la aplicación de la mencionada jurisprudencia podrá acogerse a proceso de amparo cuyo proceso seria el siguiente:
Una vez efectuado el trámite de la pensión (este tarda mes y medio) y si el IMSS mediante su “elección de régimen de pension” (parte del proceso de trámite) manifiesta que la pensión se cálculo con 10 VSDF se presenta:
1.- Recurso de Revisión ante el mismo Instituto, y éste deberá resolver con una sentencia ya sea favorable o en contra.
2.- Si la Sentencia fue en contra se entabla un Juicio mediante “Amparo Indirecto” en contra de las Autoridades involucradas y por el fallo adverso que se nos presentó.
3.- Los efectos del Juicio de Amparo, en este caso, es que el IMSS pague una pensión considerando el tope salarial de 25 veces el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal (o el que hayamos cotizado al IMSS siendo este mayor al 10 VSDF).
NOTA.- Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es posible interponer demanda de Amparo en todos los casos en los que alguna autoridad esté violentando Garantías Constitucionales, no exceptúa a la jurisprudencia.
El argumento legal de la no aplicación de la “retroactividad de una ley” se basa en el siguiente numeral Constitucional.
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Como aplicaría el tope salarial de 10 VSDF?
TOPE SALARIAL SALARIO TOPE SALARIAL SALARIO
AÑO SMGDF VSMGDF MAXIMO VSMGDF MAXIMO
2006 $48.67 23 $1,119.41 10 $486.70
2007 $50.57 24 $1,213.68 10 $505.70
2008 $52.59 25 $1,314.75 10 $525.90
2009 $54.80 25 $1,370.00 10 $548.00
2010 $57.56 25 $1,439.00 10 $575.60
PROMEDIO SALARIAL $1,291.37 $528.38
% DE REDUCCION: 59%
Se que con algunos de nuestros clientes tenemos proyectado pensionarnos próximamente, por lo que convendría hacer un replanteamiento para tratar de alcanzar la máxima cantidad de pensión posible si así les pareciera.
II.- Asegurados con posibilidad de jubilación los siguientes meses.
Dependiendo el régimen que se encuentren cotizando (Obligatorio o Voluntario) podemos revisar su caso para ver que afectación tendrá su futura pensión y de ser necesario ajustar el monto del salario registrado al IMSS para igualar al tope vigente y por el tiempo que resulte conveniente (para obtener la pensión máxima posible), se que esta enterado de que no se puede modificar el salario contratado en el “Régimen Voluntario” pero nosotros si conocemos como hacerlo (para bajarlo en su caso).
Es importante meditar muy bien si efectuamos esta reducción de salario ya que si nos precipitamos y resulta al tiempo que se modifica o cancela la mencionada jurisprudencia afectaríamos el resultado final de nuestra pensión, por lo debemos ser cautos también.
III.- Personas que en unos años se pensionan.
Igual que para los asegurados del punto anterior seria razonable igualar el salario registrado en el IMSS al tope máximo que en su momento se establezca, pero esta situación nos hace reflexionar la alternativa de contratar algún instrumento de Ahorro para crear nuestro propio fondo de retiro, por supuesto no me refiero a las Afores, existen interesantes instrumentos que nos permitirían obtener resultados satisfactorios y claro estos instrumentos si estarían bajo nuestro control, de hecho los hay que nos permiten deducir los impuestos es decir recuperar los impuestos pagados por el concepto.
Comentarios finales.
Espero estar equivocado en mi apreciación, pero lo obvio con estos gobiernos es esperar lo peor. También sugiero que de aprobarse este “atraco” nos manifestemos para que nuestras autoridades no se queden muy tranquilas y sepan que existe descontento por este latrocinio, esto puede ser de múltiples formas. De cualquier forma estamos estudiando la situacion minuciosamente para sacar adelante su pension como lo marca la Ley y como meojorarla.
La siguiente semana será definitoria sobre el futuro de las pensiones, habrá que seguir pendiente de ello.
Como siempre estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario o acción que requiera.
Cordialmente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan,Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
PANORAMA GENERAL SOBRE LAS PENSIONES
30/07/2010
Buenas tardes.
Tratando de poner un poco de claridad ante tanta noticia que se nos presenta sobra las modificaciones de los topes salariales le comento lo siguiente:
La medida que se pretende aplicar para las pensiones mediante la tesis que aprobó la suprema corte de justicia fue con un criterio que de corte económico y no legal como debería de ser, por lo que el beneficiario directo es Hacienda (asfixiada por la baja recaudación y altas partidas que entrega), esto hace pensar sin querer ser pesimista que tiene una alta posibilidad de que aplique la norma, hasta hoy sin definición.
De ser así, varias acciones podemos contemplar.
Personas jubiladas.
No aplicaría la norma ya que al haber firmado una resolución emitida, calculada y sancionada por el IMSS y habiendo elegido el régimen de ley 1973 que contempla criterio distinto a la tesis aprobada por la corte de justicia el 9 de Junio pasado, y como lo marca la constitución, ninguna ley, reglamento o norma pude ser aplicada retroactivamente en perjuicio de persona.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”
Personas Activas.
A este grupo de personas lo dividiría en dos grupos:
A.- Personas que se pensionan de inmediato.
B.- Personas que en algunos años se pensionaran.
I.- Asegurados con posibilidad de jubilación de manera inmediata.
El asegurado que pronto se pensione y sea afectado con la aplicación de la mencionada jurisprudencia podrá acogerse a proceso de amparo cuyo proceso seria el siguiente:
Una vez efectuado el trámite de la pensión (este tarda mes y medio) y si el IMSS mediante su “elección de régimen de pension” (parte del proceso de trámite) manifiesta que la pensión se cálculo con 10 VSDF se presenta:
1.- Recurso de Revisión ante el mismo Instituto, y éste deberá resolver con una sentencia ya sea favorable o en contra.
2.- Si la Sentencia fue en contra se entabla un Juicio mediante “Amparo Indirecto” en contra de las Autoridades involucradas y por el fallo adverso que se nos presentó.
3.- Los efectos del Juicio de Amparo, en este caso, es que el IMSS pague una pensión considerando el tope salarial de 25 veces el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal (o el que hayamos cotizado al IMSS siendo este mayor al 10 VSDF).
NOTA.- Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es posible interponer demanda de Amparo en todos los casos en los que alguna autoridad esté violentando Garantías Constitucionales, no exceptúa a la jurisprudencia.
El argumento legal de la no aplicación de la “retroactividad de una ley” se basa en el siguiente numeral Constitucional.
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Como aplicaría el tope salarial de 10 VSDF?
TOPE SALARIAL SALARIO TOPE SALARIAL SALARIO
AÑO SMGDF VSMGDF MAXIMO VSMGDF MAXIMO
2006 $48.67 23 $1,119.41 10 $486.70
2007 $50.57 24 $1,213.68 10 $505.70
2008 $52.59 25 $1,314.75 10 $525.90
2009 $54.80 25 $1,370.00 10 $548.00
2010 $57.56 25 $1,439.00 10 $575.60
PROMEDIO SALARIAL $1,291.37 $528.38
% DE REDUCCION: 59%
Se que con algunos de nuestros clientes tenemos proyectado pensionarnos próximamente, por lo que convendría hacer un replanteamiento para tratar de alcanzar la máxima cantidad de pensión posible si así les pareciera.
II.- Asegurados con posibilidad de jubilación los siguientes meses.
Dependiendo el régimen que se encuentren cotizando (Obligatorio o Voluntario) podemos revisar su caso para ver que afectación tendrá su futura pensión y de ser necesario ajustar el monto del salario registrado al IMSS para igualar al tope vigente y por el tiempo que resulte conveniente (para obtener la pensión máxima posible), se que esta enterado de que no se puede modificar el salario contratado en el “Régimen Voluntario” pero nosotros si conocemos como hacerlo (para bajarlo en su caso).
Es importante meditar muy bien si efectuamos esta reducción de salario ya que si nos precipitamos y resulta al tiempo que se modifica o cancela la mencionada jurisprudencia afectaríamos el resultado final de nuestra pensión, por lo debemos ser cautos también.
III.- Personas que en unos años se pensionan.
Igual que para los asegurados del punto anterior seria razonable igualar el salario registrado en el IMSS al tope máximo que en su momento se establezca, pero esta situación nos hace reflexionar la alternativa de contratar algún instrumento de Ahorro para crear nuestro propio fondo de retiro, por supuesto no me refiero a las Afores, existen interesantes instrumentos que nos permitirían obtener resultados satisfactorios y claro estos instrumentos si estarían bajo nuestro control, de hecho los hay que nos permiten deducir los impuestos es decir recuperar los impuestos pagados por el concepto.
Comentarios finales.
Espero estar equivocado en mi apreciación, pero lo obvio con estos gobiernos es esperar lo peor. También sugiero que de aprobarse este “atraco” nos manifestemos para que nuestras autoridades no se queden muy tranquilas y sepan que existe descontento por este latrocinio, esto puede ser de múltiples formas. De cualquier forma estamos estudiando la situacion minuciosamente para sacar adelante su pension como lo marca la Ley y como meojorarla.
La siguiente semana será definitoria sobre el futuro de las pensiones, habrá que seguir pendiente de ello.
Como siempre estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario o acción que requiera.
Cordialmente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
Col Jardines Vallarta, Zapopan,Jal 45020
Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
Buenas tardes.
Tratando de poner un poco de claridad ante tanta noticia que se nos presenta sobra las modificaciones de los topes salariales le comento lo siguiente:
La medida que se pretende aplicar para las pensiones mediante la tesis que aprobó la suprema corte de justicia fue con un criterio que de corte económico y no legal como debería de ser, por lo que el beneficiario directo es Hacienda (asfixiada por la baja recaudación y altas partidas que entrega), esto hace pensar sin querer ser pesimista que tiene una alta posibilidad de que aplique la norma, hasta hoy sin definición.
De ser así, varias acciones podemos contemplar.
Personas jubiladas.
No aplicaría la norma ya que al haber firmado una resolución emitida, calculada y sancionada por el IMSS y habiendo elegido el régimen de ley 1973 que contempla criterio distinto a la tesis aprobada por la corte de justicia el 9 de Junio pasado, y como lo marca la constitución, ninguna ley, reglamento o norma pude ser aplicada retroactivamente en perjuicio de persona.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.”
Personas Activas.
A este grupo de personas lo dividiría en dos grupos:
A.- Personas que se pensionan de inmediato.
B.- Personas que en algunos años se pensionaran.
I.- Asegurados con posibilidad de jubilación de manera inmediata.
El asegurado que pronto se pensione y sea afectado con la aplicación de la mencionada jurisprudencia podrá acogerse a proceso de amparo cuyo proceso seria el siguiente:
Una vez efectuado el trámite de la pensión (este tarda mes y medio) y si el IMSS mediante su “elección de régimen de pension” (parte del proceso de trámite) manifiesta que la pensión se cálculo con 10 VSDF se presenta:
1.- Recurso de Revisión ante el mismo Instituto, y éste deberá resolver con una sentencia ya sea favorable o en contra.
2.- Si la Sentencia fue en contra se entabla un Juicio mediante “Amparo Indirecto” en contra de las Autoridades involucradas y por el fallo adverso que se nos presentó.
3.- Los efectos del Juicio de Amparo, en este caso, es que el IMSS pague una pensión considerando el tope salarial de 25 veces el salario mínimo general que rige en el Distrito Federal (o el que hayamos cotizado al IMSS siendo este mayor al 10 VSDF).
NOTA.- Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es posible interponer demanda de Amparo en todos los casos en los que alguna autoridad esté violentando Garantías Constitucionales, no exceptúa a la jurisprudencia.
El argumento legal de la no aplicación de la “retroactividad de una ley” se basa en el siguiente numeral Constitucional.
“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”
Como aplicaría el tope salarial de 10 VSDF?
TOPE SALARIAL SALARIO TOPE SALARIAL SALARIO
AÑO SMGDF VSMGDF MAXIMO VSMGDF MAXIMO
2006 $48.67 23 $1,119.41 10 $486.70
2007 $50.57 24 $1,213.68 10 $505.70
2008 $52.59 25 $1,314.75 10 $525.90
2009 $54.80 25 $1,370.00 10 $548.00
2010 $57.56 25 $1,439.00 10 $575.60
PROMEDIO SALARIAL $1,291.37 $528.38
% DE REDUCCION: 59%
Se que con algunos de nuestros clientes tenemos proyectado pensionarnos próximamente, por lo que convendría hacer un replanteamiento para tratar de alcanzar la máxima cantidad de pensión posible si así les pareciera.
II.- Asegurados con posibilidad de jubilación los siguientes meses.
Dependiendo el régimen que se encuentren cotizando (Obligatorio o Voluntario) podemos revisar su caso para ver que afectación tendrá su futura pensión y de ser necesario ajustar el monto del salario registrado al IMSS para igualar al tope vigente y por el tiempo que resulte conveniente (para obtener la pensión máxima posible), se que esta enterado de que no se puede modificar el salario contratado en el “Régimen Voluntario” pero nosotros si conocemos como hacerlo (para bajarlo en su caso).
Es importante meditar muy bien si efectuamos esta reducción de salario ya que si nos precipitamos y resulta al tiempo que se modifica o cancela la mencionada jurisprudencia afectaríamos el resultado final de nuestra pensión, por lo debemos ser cautos también.
III.- Personas que en unos años se pensionan.
Igual que para los asegurados del punto anterior seria razonable igualar el salario registrado en el IMSS al tope máximo que en su momento se establezca, pero esta situación nos hace reflexionar la alternativa de contratar algún instrumento de Ahorro para crear nuestro propio fondo de retiro, por supuesto no me refiero a las Afores, existen interesantes instrumentos que nos permitirían obtener resultados satisfactorios y claro estos instrumentos si estarían bajo nuestro control, de hecho los hay que nos permiten deducir los impuestos es decir recuperar los impuestos pagados por el concepto.
Comentarios finales.
Espero estar equivocado en mi apreciación, pero lo obvio con estos gobiernos es esperar lo peor. También sugiero que de aprobarse este “atraco” nos manifestemos para que nuestras autoridades no se queden muy tranquilas y sepan que existe descontento por este latrocinio, esto puede ser de múltiples formas. De cualquier forma estamos estudiando la situacion minuciosamente para sacar adelante su pension como lo marca la Ley y como meojorarla.
La siguiente semana será definitoria sobre el futuro de las pensiones, habrá que seguir pendiente de ello.
Como siempre estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario o acción que requiera.
Cordialmente
Ing. Luís Miguel Ángel Cárdenas Alcántara
emprende pensiones y servicios financieros
Calle Gabriele D'Annunzio No 4953
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Tel. (33) 3673 8162, y (33) 36 73 2134
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